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Glosario de sucesiones
Los términos que más se repiten al hablar de una herencia, en lenguaje claro. Cada uno enlaza a la guía o herramienta donde se desarrolla.
- Causante
- La persona que fallece y cuya herencia se reparte. Todo el derecho sucesorio gira en torno a su patrimonio y su voluntad.
- Sucesión intestada
- El reparto que fija la ley cuando no hay testamento (o el que existe no dispone de todo), siguiendo órdenes de herederos que se excluyen sucesivamente.
- Órdenes de sucesión
- Los grupos de herederos que la ley llama a heredar, uno tras otro: mientras exista alguien del primer orden (hijos y cónyuge), los siguientes no reciben nada.
- Legitimario (heredero forzoso)
- Quien tiene derecho por ley a una porción mínima de la herencia: los hijos (personalmente o representados), los ascendientes y el cónyuge o conviviente civil.
- Legítima
- La porción de la herencia que la ley reserva a cada legitimario y que el testador no puede tocar, salvo desheredamiento por causal legal.
- Mitad legitimaria
- La mitad de la herencia reservada al conjunto de los legitimarios cuando existen. Se reparte entre ellos según las reglas de la sucesión intestada.
- Cuarta de mejoras
- El cuarto de la herencia que el testador puede usar para favorecer a ciertos legitimarios: hijos, descendientes, ascendientes o cónyuge/conviviente civil.
- Cuarta de libre disposición
- El cuarto de la herencia que el testador reparte a quien quiera, sea pariente o no: una fundación, un amigo, un heredero más favorecido.
- Derecho de representación
- Permite que los descendientes de un heredero que falleció antes que el causante ocupen su lugar: los nietos heredan la parte del hijo premuerto, por estirpes.
- Conviviente civil
- Quien celebró un Acuerdo de Unión Civil con el causante. La Ley 20.830 lo asimila al cónyuge para todos los efectos hereditarios.
- Posesión efectiva
- El trámite que reconoce oficialmente a los herederos y les permite disponer de los bienes. Sin testamento se hace en el Registro Civil; con testamento, ante tribunal.
- Testamento abierto
- El testamento otorgado ante notario y testigos, la forma más usada en Chile. Solo puede disponer de las cuartas que la ley no reserva a los legitimarios.
- Desheredamiento
- Privar a un legitimario de su legítima. Solo procede por las causales taxativas de la ley y debe declararse en el testamento con expresión de causa.
- Impuesto a la herencia
- El impuesto progresivo por tramos (Ley 16.271) que paga cada heredero sobre lo que recibe, con exenciones y recargos según el parentesco con el causante.