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Quiero ordenar mi herencia en vida

Hacer testamento no es repartir todo a gusto: la ley reserva una parte —la mitad legitimaria— a tus herederos forzosos. Lo que sí puedes orientar es la cuarta de mejoras y la cuarta de libre disposición. El camino es: primero entender tus límites, luego repartir, y finalmente dejar el borrador listo.

1 · Entender de cuánto puedo disponer

Según tu familia, la herramienta calcula la mitad legitimaria (intangible), la cuarta de mejoras (solo para descendientes, ascendientes o cónyuge) y la cuarta de libre disposición (para cualquiera).

2 · Mejorar a alguien en particular

Si quieres dejarle más a un hijo, a tu cónyuge o a un nieto, la cuarta de mejoras lo permite —incluso toda para uno—, y puedes sumarle la cuarta de libre disposición.

3 · Dejar el borrador del testamento

Con las decisiones tomadas, arma el documento: declara a tu familia, reparte las cuartas dentro de los límites y descárgalo en Word o PDF para revisarlo con un abogado y otorgarlo ante notario.

Recuerda

En Chile un testamento escrito y firmado en casa no vale. El testamento abierto debe otorgarse ante notario con las solemnidades legales. El borrador que generes es la base para revisar con un abogado y formalizar.