Quiero ordenar mi herencia en vida
Hacer testamento no es repartir todo a gusto: la ley reserva una parte —la mitad legitimaria— a tus herederos forzosos. Lo que sí puedes orientar es la cuarta de mejoras y la cuarta de libre disposición. El camino es: primero entender tus límites, luego repartir, y finalmente dejar el borrador listo.
1 · Entender de cuánto puedo disponer
Según tu familia, la herramienta calcula la mitad legitimaria (intangible), la cuarta de mejoras (solo para descendientes, ascendientes o cónyuge) y la cuarta de libre disposición (para cualquiera).
2 · Mejorar a alguien en particular
Si quieres dejarle más a un hijo, a tu cónyuge o a un nieto, la cuarta de mejoras lo permite —incluso toda para uno—, y puedes sumarle la cuarta de libre disposición.
3 · Dejar el borrador del testamento
Con las decisiones tomadas, arma el documento: declara a tu familia, reparte las cuartas dentro de los límites y descárgalo en Word o PDF para revisarlo con un abogado y otorgarlo ante notario.
En Chile un testamento escrito y firmado en casa no vale. El testamento abierto debe otorgarse ante notario con las solemnidades legales. El borrador que generes es la base para revisar con un abogado y formalizar.